LA EMPATÍA CON EL INVESTIGADO, CLAVE EN LA DEFENSA JURÍDICA DEL MENOR.

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La asistencia jurídica del menor en España es desarrollada por la Ley Orgánica 5/2000. Esta ley, de carácter ampliamente garantista, regula la totalidad de las situaciones susceptibles de delito que pueden ser llevadas a cabo por aquellos menores de 18 años, pero mayores de 14, pues por debajo de esta edad, los menores son inimputables a efectos penales. 

La LORPM pretende vivir en sintonía con el Código Penal desarrollando a su vez una legislación procesal distinta para cuando los actos tipificados en el CP sean realizados por menores. Una de las diferencias notorias tiene que ver con la interposición de las penas, pues si bien es cierto que la ley del menor prevé castigos para los menores culpables, en ningún caso se les otorga el nombre de penas sino de medidas y éstas, van encaminadas a la salvaguarda del interés del menor infractor por encima de su reproche legal. 

Otras diferencias tienen que ver con la instrucción de la causa o en la imperatividad de la asistencia letrada en la mayoría de las fases del procedimiento. Ahí es donde entra en juego nuestro papel. La ley es rigurosa a la hora de permitir la asistencia letrada y exige a quienes quieran participar de ella, una importante especialización para salvaguardar una defensa digna. 

Una vez realizado el pertinente curso de especialización viene el momento de afrontar la realidad y ésta poco o nada tiene que ver con la teoría. Hay que tener presente que, aunque se hayan podido cometer delitos establecidos en el Código Penal, el cliente que nos encontramos no deja de ser un menor, probablemente con una capacidad de raciocinio inferior a la esperada y con un grado de inmadurez que puede derivar en coyunturas indeseadas. Por ello, hay que tener en cuenta una serie de factores que pueden ayudarnos a una mejor gestión de la situación. 

Quizá el primero y a tener más en cuenta son los perfiles psicopatológicos de las personas que han podido cometer una infracción. La estadística demuestra que normalmente se trata de adolescentes provenientes de familias desestructuradas, que sufren marginación, que presentan un cuadro de fracaso escolar o que incluso han llegado a flirtear con el mundo de las drogas. 

En este estado de cosas debemos trascender de un simple trabajo judicial y mimetizarnos con la labor educativa. Es importante que desde el primer momento el menor no te vea como un rival sino como un compañero. 

La primera asistencia resultará clave para ello y la cercanía, la empatía, el respeto mutuo y la interactividad deberán ser las bases de la conversación.

Superado este momento con éxito, se debe sacar toda la información que sea posible pero siempre sin provocar situaciones problemáticas. El objetivo es evitar obstáculos como las amenazas, las interrupciones, el contraataque o la culpabilización. 

Solo de este modo se podrá ir pasando de fases sin perder la confianza de nuestro cliente y con el objetivo de garantizarle la mejor asistencia jurídica posible. 

David Muñoz y Alejandro Va
VM ADVOCATS

?  www.vmadvocats.com

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