VISUALIZA LEGAL, consigue una sentencia pionera en España en el caso CIFRAS & LETRAS ANTONIO ELEGIDO vs AISGE

0
96


UN JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID RECONOCE A ANTONIO ELEGIDO SU INTERVENCIÓN ARTÍSTICA COMO ACTOR EN EL CONCURSO DE  TV “CIFRAS & LETRAS”

Y OBLIGA A LA ENTIDAD DE GESTIÓN “AISGE” A LIQUIDARLE SUS DERECHOS DE REMUNERACIÓN QUE LE RECONOCE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

El Juzgado de Lo Mercantil nº 9 de Madrid ha dictado una Sentencia estimando la demanda presentada por D. Antonio Elegido en la que reclamaba a AISGE la remuneración que le corresponde por su actuación como artista intérprete (actor) en el famoso concurso de televisión Cifras & Letras, al amparo de lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual, en el que interpretaba un papel idéntico al que hacía en otro programa similar (“Tírame de la Lengua”), en el que en cambio AISGE sí le había abonado la remuneración correspondiente. 

AISGE, la Entidad de Gestión que gestiona en España los derechos de propiedad intelectual de los actores, dobladores, bailarines y directores de escena -presidida en su día por Pilar Bardem desde el año 2002 hasta el 2018 y en la actualidad por el actor vallisoletano Emilio Gutiérrez Caba- reconoce la intervención de D. Antonio Elegido como actor en el programa “Tírame de la Lengua”, pero siempre le había denegado que hiciera interpretación artística alguna como actor en el programa “Cifras & Letras”, y ahora un Juzgado le da la razón y condena al pago de las costas del procedimiento a AISGE.

La Sentencia considera que “de la prueba practicada, valorada en su conjunto, resulta acreditado por tanto que la intervención de Don Antonio Elegido González-Quevedo en el programa “Cifras y letras” fue una representación artística y por ello, debe percibir la remuneración correspondiente establecida en la Ley de Propiedad Intelectual y las normas reguladoras de la entidad demandada”.

Entre otros medios de prueba practicados durante el procedimiento, el Juzgado fundamenta que de los contratos que vinculaban a Antonio Elegido con la productora del programa “se deduce que los expertos que actuaban en el programa de televisión, debían interpretar el guion establecido por la productora en los comentarios de cifras y letras que integraban el contenido del programa, sin que pudieran salirse de dicho guión aportando sus propias opiniones o valoraciones, ni Doña Paz que interpretaba el papel de experta en cifras, ni Don Antonio, que interpretaba el papel de experto en letras. Este último, aunque tuviera conocimientos en la materia, no podía actuar fuera del guión y de las indicaciones que le hiciera el director del programa. Y, conocedoras las partes de que dicha intervención generaría derechos (…) se establece en el contrato la cesión de los mismos a la productora”.

Llamó especialmente la atención durante el procedimiento judicial que una Entidad de Gestión como AISGE, constituida y autorizada administrativamente para tutelar los derechos de sus socios, entrara en connivencia con la “Unión de Actores y Actrices” -en la que curiosamente la ex presidenta de AISGE Pilar Bardem fue elegida Vocal de la Junta General en las elecciones del año 2001 y año 2004; el actual Presidente de la Entidad de Gestión Emilio Gutiérrez Caba fue elegido Secretario de Cultura en las elecciones de 2007; y la “Fundación AISGE” patrocina los Premios anuales de la “Unión de Actores y Actrices”-, sindicato que por definición ha de defender los intereses de los actores y no ir en perjuicio de ellos, y se posicionara en contra de un actor que intentaba defender sus legítimos derechos reconocidos por Ley. 

En efecto, AISGE aportó como prueba durante el procedimiento judicial un Informe Pericial emitido por la ‘Unión de Actores y Actrices’ en perjuicio de Antonio Elegido, que fue desvirtuado de forma contundente por su defensa letrada durante el juicio. Así, la Sentencia fundamenta que “para valorar estas pruebas periciales, hemos de tener en cuenta el tenor literal de los contratos suscritos con el demandante en los que se refleja de forma clara que éste tenía que representar un papel, sujeto a un guion y a las indicaciones del director  (…)”.

La Sentencia, pionera en su sector, ha sido recurrida en apelación por AISGE ante la Audiencia Provincial de Madrid y de confirmarse la misma, podría abrir la puerta para que otros socios de AISGE que consideran que la Entidad de Gestión les ha denegado de forma arbitraria e injustificada los derechos de remuneración que podrían corresponderles sobre sus posibles interpretaciones artísticas contenidas en este tipo de concursos de televisión y otros programas, puedan formular una reclamación económica a AISGE.

La defensa letrada de Antonio Elegido en este procedimiento ha sido asumida por el conocido Despacho VISUALIZA LEGAL, especializado en Propiedad Intelectual y Derecho del Entretenimiento.

Ad bottom

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí